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19.2.10

Téngase Presente // Sr. Ministro de Transporte y Telecomunicaciones

En Recurso Jerárquico de Resolución Exenta Nº 747 de Fecha 3 de Febrero de 2010 / Nº de Ingreso 11500

Respecto del Recurso de Reposición individualizado en el encabezado y rechazado por el Subsecretario Bello, cabe advertir lo siguiente:

El que no se incluya un simple código que permita control parental y el que no se incluya el closed caption, que puede proveer el subtitulado para las personas con discapacidad auditiva (conforme lo ordena la nueva Ley Nº 20.422), es planificar con la más absoluta miopía.

El no incorporar, por norma, la posibilidad de que los receptores desplieguen menús en “modo opcional” para acceder a contenido de “tele salud” y “tele educación” con las tecnologías vigentes y sin necesidad de hacer uso de un “canal de retorno”, como erróneamente piensa y argumenta el Subsecretario Bello, es planificar con la más absoluta miopía.

Pedimos se nos indique en cuanto valoró SUBTEL, ente otras, las aplicaciones de Control Parental, Subtitulado para Discapacitados, Tele Salud y Tele Educación. Para un proceso de planificación de políticas públicas que tiene directa relación con el medio de comunicación más importante para el pueblo de Chile, es indispensable que se hayan realizado estas valoraciones. Lo anterior es especialmente importante para un Ministerio que por mal diseño e implementación de una política pública (Transantiago) ha implicado erogaciones multimillonarias para el Estado de Chile.

Estas valoraciones, ¿Las efectuó el Estado? Mientras tanto, la clarividencia de algunas empresas sorprende.

Falabella tiene en exhibición un televisor único en el mundo, fabricado en Korea, que se publicita cumpliendo la normativa mínima para el Mercado Chileno. La resolución exenta del MTT que establece las características mínimas de los receptores fue publicada en el Diario Oficial el día 6 de Enero. La fecha de fabricación del televisor en exhibición en Falabella es de diciembre de 2009. Uno no se cansa de admirar la agilidad de algunas empresas. Asimismo, Supermercados Lider, tuvo a la venta el 8 de enero de 2010 decodificadores publicitados cumpliendo con la normativa mínima para el mercado chileno.

Sr. Ministro, aún está a tiempo de nombrar una comisión amplia y con mayor representación de universidades, organizaciones Ciudadanas, del Consejo Nacional de Televisión y entidades vinculadas con el estudio de los medios de comunicación.

Finalmente, es altamente preocupante que no se consideraran varias de las más importantes recomendaciones efectuadas por la Comisión Consultiva nombrada por el MTT para elaborar la Normativa Técnica. Según la resolución que estableció sus obligaciones, ellos mismos debieran evacuar pronto su propuesta del Plan de Espectro nuevamente no serán tomados en cuenta?
Esperamos que bajo su administración no se repitan el tipo de errores verificados por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

http://tvdigitalenchile.bligoo.cl/media/users/1/67757/files/23115/Para_Min_CortazarTengase_Presente_1_.doc

4.2.10

Rechazado Recurso de Reposición

SUBTEL ha rechazado el recurso de reposición presentado.

Estoy evaluando con mis asesores jurídicos nuevas acciones mientras quedo a la espera de la respuesta del Ministro Cortázar, por el Recurso Jerárquico.

DESCARGUE RECHAZO

13.1.10

RECURSO DE REPOSICION

Recurso de Reposición ante el Subsecretario de Transporte y Telecomunicaciones.

En Subsidio Recurso Jerárquico ante el Ministro de Transporte y Telecomunicaciones.

Conforme al artículo 21 de la ley de Bases de los Procedimientos Administrativos, nosotros como miembros de la sociedad civil nos veremos directamente afectados por las decisiones contenidas en la Resolución Exenta N° 7.219 de fecha 30 de diciembre de 2009 de la Subsecretaría De Telecomunicaciones que Fija Norma Técnica que Establece las Especificaciones Técnicas Mínimas que Deberán Cumplir los Receptores de Televisión Digital Terrestre, la cual fue publicada en el Diario Oficial con fecha 6 de enero de 2010.

DESCARGUE EL RECURSO COMPLETO